Acceso a internet, ADSL

Resuelve tus dudas sobre los siguientes temas relativos al acceso a internet, ADSL.

¿Puedo utilizar medios de pago distintos de la domiciliación bancaria de las facturas?
Sí, conforme a la normativa vigente, los usuarios tienen derecho a elegir el medio de pago de entre los utilizados comúnmente en el tráfico comercial. Además, ese derecho debe figurar en el contrato.  Por lo tanto, en el contrato figurará al menos un medio de pago alternativo a la domiciliación bancaria.​
No estoy de acuerdo con una factura de mi operador de acceso a internet y he decidido no pagarla pero me amenaza con incluir mis datos en un registro de morosos, ¿qué puedo hacer?

La normativa aplicable a los servicios de telecomunicaciones no contempla nada específico al respecto, con lo que la legislación aplicable es la misma que afecta a todos los sectores, es decir, la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD). Concretamente, su artículo 29 se refiere específicamente a este tipo de ficheros. Además, la Agencia Española de Protección de Datos aprobó la Instrucción 1/1995, de 1 de marzo, de la relativa a la calidad y seguridad de los datos incluidos. Conforme a LOPD y a la citada Instrucción, deben respetarse las siguientes normas:

  • La inscripción en el fichero de impagados sólo podrá efectuarse cuando concurran los siguientes requisitos:
    • Existencia previa de una deuda cierta, vencida y exigible, que haya resultado impagada
    • Requerimiento previo de pago
  • No podrán incluirse datos sobre los que exista un principio de prueba documental que aparentemente contradiga alguno de los requisitos anteriores
  • Se efectuará una notificación al interesado por cada deuda concreta
  • No podrán incluirse datos con más de seis años de antigüedad

No obstante, el titular de los datos puede ejercitar su derecho a cancelarlos o rectificarlos solicitándolo directamente al operador, si en el plazo de 10 días no recibe contestación o ésta no es satisfactoria, puede reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos acreditando la presentación de la solicitud. Serán rectificados o cancelados, en su caso, los datos de carácter personal cuyo tratamiento no se ajuste a lo dispuesto en la LOPD y, en particular, cuando tales datos resulten inexactos o incompletos. Las infracciones que puedan cometerse en la gestión de esos registros se sancionan por la Agencia Española de Protección de Datos.

Si no pago la factura de Internet, ¿me pueden cortar el teléfono?
El impago del servicio de acceso a Internet sólo dará lugar a la suspensión de ese servicio, pero no faculta al operador a suspender el servicio telefónico. Por lo tanto, si se paga la parte de la factura relativa a llamadas telefónicas no podría cortarse el acceso al servicio telefónico.
No estoy de acuerdo con la factura de mi operador de internet, ¿puedo reclamar?

Si el abonado no está de acuerdo con la facturación de su operador puede presentar reclamación. La forma de presentar las reclamaciones puede consultarse en el apartado "Reclamaciones" de este sitio web.

Además, el impago del servicio de acceso a Internet sólo dará lugar a la suspensión de ese servicio, pero no faculta al operador a suspender el servicio telefónico. Por lo tanto, si se paga la parte de la factura relativa a llamadas telefónicas no podría cortarse el acceso al servicio telefónico.